La forma de reajuste de los alquileres en Uruguay es bastante sencilla, pero requiere de un conocimiento profundo de la normativa vigente.
Se encuentra regulada en el Decreto- Ley 14-219.
Previo a realizar el procedimiento debemos conocer algunas unidades de Medida que son la Unidad Reajustable, la Unidad Reajustable de Alquileres y el Índice de Precios al Consumo, medidas que luego nos servirán para realizar los cálculos necesarios para el reajuste:
¿Cómo funciona y qué es la Unidad Reajustable?:
La Unidad Reajustable es una medida de valor que se encuentra prevista en el artículo 38 de la Ley N° 13.728 de 17 de diciembre de 1968.
Se actualiza mensualmente según el Índice Medio de Salarios, reflejando los cambios ocurridos en los doce meses previos.
Su determinación se realiza a través de un Decreto que se publica mensualmente en el Diario Oficial.
Su valor actual para enero de 2024 es de $ 1638,35
¿Cómo funciona y qué es la Unidad Reajustable de Alquileres?:
La Unidad Reajustable de Alquileres es otra medida de valor que toma como referencia el valor de la U.R en función de los dos meses anteriores.
Su forma de cálculo se determina tomando el valor de la Unidad Reajustable, promediándola con los valores de los 2 meses inmediatos anteriores y el resultado es el valor de la URA.
Su valor se publica mensualmente en el Diario Oficial, Y en la página web del INE.
Por su forma de cálculo aún no se encuentra su valor para el mes de enero 2024 siendo el último el de octubre fijado en 1625,79
¿Qué es el Índice de Precios al Consumo?:
El Índice de Precios al Consumo (IPC) representa un medidor a nivel global de precios de los bienes y servicios que los hogares residentes compran dentro del país y utilizan para el consumo.
La evolución del IPC a lo largo del tiempo se considera una estimación de la variación en el costo de vida en términos monetarios y sirve como indicador de la inflación en la economía.
Su monto se publica mensualmente en el diario Oficial y el último valor publicado del IPC en Uruguay correspondiente a diciembre de 2023 es de 104, 55
Tanto para la URA como para el IPC, si al mes de reajuste del alquiler los mismos no se encuentran publicados la ley admite que se realice con el último mes publicado, regularizándose luego la regularización correspondiente.
Procedimiento para el cálculo del reajuste de alquileres.
El art 15 del decreto ley 14.219 establece de forma pormenorizada la forma en que se realizará el reajuste del alquiler.
Este artículo indica que el reajuste del alquiler se calcula de forma anual, año que se cuenta a partir de la fecha de celebración del contrato.
Dicho lo anterior procedemos al cálculo.
En primer lugar debemos tomar 2 valores de referencia y elegir entre ellos el menor:
- Por un lado calcular la variación del IPC del mes anterior al reajuste con el IPC del mismo mes del año anterior, dividiendo ambos valores.
- Luego tomamos la variación de la URA, que la calculamos dividiendo el monto de la misma del mes anterior al del reajuste con el monto del mismo mes del año anterior.
De los coeficientes anteriores debemos elegir el menor y es por dicho coeficiente que se deberá multiplicar el precio actual del arriendo.
Ejemplo de cómo se hace el reajuste de alquileres:
Tengo un arrendamiento cuyo monto mensual se pacto por contrato en $ 20.000 al 01/12/2022.
A la fecha 01/12/2023 corresponderá el reajuste.
Para el mismo tomare los dos valores de referencia que explicamos anteriormente:
IPC de noviembre de 2023: 104,66
IPC de noviembre de 2022: 99,72
URA noviembre de 2023: 1625,79 (tomo el de octubre por ser el último publicado)
URA noviembre de 2022: 1492,77 (octubre)
Coeficiente URA: 1,089
Coeficiente IPC: 1,049
Por lo expuesto el coeficiente por el cual multiplicaré el valor de mi alquiler es el que resultó del IPC, siendo el valor final del reajuste $20.980