Abogados Civiles
¿Qué es el Derecho Civil?
El derecho civil es la rama mas amplia del derecho, dado que regula por residualidad todo aquello que no se encuentra alcanzado en ninguna de las ramas especificas (administrativo, penal, laboral, aduanero, familia), regula las relaciones jurídicas de la vida cotidiana y los conflictos entre particulares.
Regulación:
La mayor parte de su regulación se encuentra en las normas del código civil, en este sentido podrán asesorarte en todo lo que concierna a reclamaciones por daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual, cuya norma base es el art 1319 del Código Civil, el que expresa: «Todo hecho ilícito que cause a otro un daño impone a aquel por cuyo dolo, culpa o negligencia ha sucedido la obligación de repararlo»
¿Qué es lo que hace un Abogado Civil?
De acuerdo a lo anterior la especialidad del abogado civil es la más amplia y será, a modo de ejemplo, asesorarte en todo lo que tenga que ver con los accidentes de transito, responsabilidad por negligencia medica, cualquier reclamación de daños y perjuicios entre particulares, siendo muy amplio el abanico de posibilidades, debido a que no solo se limita a aquel que causo directamente el daño, sino que la responsabilidad puede ser extensiva al de sus dependientes o personas que tiene bajo su cuidado, tal como lo expresa el artículo 1324 el que expresamente dice: «Hay obligación de reparar no solo el daño que se causa por hecho propio sino también el causado por el hecho de las personas que uno se sirve o están a su cuidado».
En este sentido se extenderá la reclamación al dueño de una empresa cuando por un hecho causado por uno de sus dependientes le ocasiono un daño a un particular, o el dueño de un auto cuando lo presto y se ocasiono un accidente, o el daño causado por un inimputable (menor de edad) debiendo responder sus padres por él.
Desalojos:
También le compete todo aquello que tiene que ver con la materia arrendaticia (desalojos por sus distintas causales, tanto urbanos como rurales), los que se encuentran regulados en leyes especiales (Dec- Ley 14219 para desalojos urbanos, y ley 16223, para el caso de desalojos rurales). Como también podrán asesorarte en la confección de los distintos contratos, de arrendamientos, o contratos rurales.
Prescripciones:
Son especialistas en todo lo que tiene que ver con prescripciones de bienes muebles e inmuebles, reconocimiento de derechos posesorios sobre un bien, y acciones reivindicatorias de la propiedad.
Asuntos comerciales:
Su especialidad se extiende además a todo aquello que refiera al comercio entre los hombres, cuyo encuadre normativo se encuentra en el código de comercio, en este sentido serán asesores en todo lo relacionado a los distintos tipos de sociedades comerciales, y los derecho y responsabilidades que de ellas deriven, o podrán asesorar a sociedades en formación, o en su etapa de concurso y liquidación, así como los derechos y obligaciones que deriven de las distintas clases de comerciantes y sus responsabilidades.
Son especialistas en todo lo que tenga que ver también con títulos valores, regulados por las leyes nro 14701 (vale, pagare o conforme), y ley de cheques nro 14412. Ello podrá derivar luego en juicios ejecutivos, tanto sea por cobro de títulos valores como otros que se encuentran expresamente dispuestos en el art 353 del código general del proceso, siendo un juicio ejecutivo sumario que con la presentación del titulo el juez decreta el embargo de los bienes del deudor.
Relaciones de Consumo:
Serán asesores en lo que se vincule a las relaciones de consumo (regulado por la ley 17.250) así como cuestiones relacionadas a la libre competencia en el comercio y su diferencia con la competencia desleal (regulado por la ley 18159), así como también todo lo relacionado a marcas y patentes en Uruguay (ley 17011), lo que incluye la inscripción de la misma en la Dirección Nacional de Propiedad Industrial.