Introducción: Proceso de Reforma y Despenalización del Aborto:
Pese a que Uruguay se caracteriza por ser un país laico, separando formalmente la Iglesia católica del Estado desde 1917 la evolución de reformas legislativas acompañadas por los movimientos sociales, feministas y asociaciones internacionales hasta la despenalización del aborto fue un arduo proceso.
El primer hito que marca la historia del aborto en el país fue en 1933 cuando José Irureta Goyena impulsó una reforma del código penal permitiendo la interrupción del embarazo en hospitales públicos, pero esta habilitación fue revocada en 1935 por un decreto del presidente de facto Gabriel Terra.
Algunos años después, en 1938 se sancionó la Ley 9763 la cual consideraba al aborto como un delito que podía ser eximido de pena en determinadas casos, como cuando el embarazo era producto de una violación, por el honor de la familia, por angustia económica o por riesgo de vida de la mujer.
A partir de este entonces existieron varias iniciativas de reformas hacia la despenalización del aborto hasta la ley N° 18987 de 22 de octubre de 2012, denominada «Ley sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo, ley del aborto»
¿Qué es un aborto?
Previo a comenzar a hablar sobre la ley del aborto en Uruguay debemos realizar algunas puntualizaciones sobre qué es el aborto y qué comprende.
La Organización Mundial de la Salud define el aborto como la Interrupción del embarazo cuando la vida del feto no tiene una viabilidad fuera del vientre materno, esto es cuando la vida extrauterina del feto es imposible, entendiéndose por la comunicad médica que esto es cuando el feto tenga menos de 22 semanas y 500 gramos.
Luego de ese período la inducción es de parto y no de aborto.
El proceso de aborto concluye con la expulsión del feto a través del canal vaginal.
¿Qué tipos de aborto existen?
Aborto Espontáneo: Es cuando el proceso de aborto ocurre de forma espontánea y natural sin que exista intervención médica de clase alguna.
Aborto Inducido: Este implica una intervención médica y es el aborto que se reglamenta por la ley que estudiamos, esta inducción puede ser tanto en un hospital con ayuda médica o puede ser inducido por la propia paciente a su solicitud.
Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)
En Uruguay la Interrupción Voluntaria del Embarazo se encuentra regulada por la Ley Nro 18987 de 22 de octubre de 2012 y su Decreto Reglamentario Nro. 375/012 de 22 de noviembre de 2012.
¿Que regula la Ley del Aborto en Uruguay?
Lo que hace la ley como primer medida es despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo, esto es sencillamente que ya no sea un delito abortar, como hasta el momento se encontraba previsto por los artículos 325 y 325 bis del Código Penal, siempre y cuando la mujer cumpla con los requisitos que en la ley se reglamentan y veremos a continuación.
¿Cómo se lleva a cabo una IVE (Interrupción voluntaria del embarazo)?
El proceso del aborto se encuentra regulado en los artículos 3 y siguientes de la ley la cual establece el siguiente mecanismo.
- En primer lugar la mujer cuando decida acceder a esta práctica debera acudir a una consulta con un médico de una Institución del Sistema Nacional Integrado de Salud, a los efectos de poner en conocimiento esta voluntad.
- Dicho médico dispondrá para el mismo día o al inmediato siguiente una consulta con un equipo multidisciplinario, incluyendo un médico ginecólogo, psicólogo y un asistente social, quienes le informarán a la mujer lo previsto en la ley, las caracteristicas del aborto y de los riesgos inherentes a esta práctica, esto es a los efectos de darle todas las herramientas para la toma de una decisión consciente y responsable.
- La mujer tendrá un período de 5 días, para su reflexión
- Pasados estos 5 días si ratifica su voluntad se coordinará el procedimiento de la forma mas inmediata posible.
¿Quiénes pueden acceder a la IVE?
La ley permite acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo a todas aquellas mujeres que cumplen con los siguientes requisitos:
- Ciudadanía uruguaya o residencia en el país por al menos un año,
- Ser mayores de 18 años o menores de 18 con el consentimiento de un adulto responsable, en caso de mujeres adolescentes (mayores de 13 años y menores de 18), y en caso de incapaces se deberá obtener el consentimiento informado de su curador y venia judicial.
- Tener un embarazo de menos de 12 semanas
Excepciones a los requisitos de doce semanas que exige la ley:
Además de los casos mencionados anteriormente la ley prevé que fuera de los mismos de forma excepcional la mujer acceda a la Interrupción voluntaria de su embarazo en los siguientes casos:
- Cuando el embarazo implique un grave riesgo para su salud.
- Se verifique un proceso patológico del feto que provoque malformaciones que resulten incompatibles con la vida extrauterina del mismo.
- En los casos de violación con la constancia judicial y dentro de las catorce semanas de gestación.