El trámite de herencia en Uruguay, se debe realizar con un abogado, siendo los especialistas en la materia los abogados de derecho de familia, y se inicia en los Juzgados de Familia en Montevideo y los letrados con esa competencia en el Interior.
¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?
Lo que se nos solicitará es la solicitud de información al Registro de Testamentos, esta información de registro de testamentos es para saber si la persona falleció intestada (sin haber hecho testamento previo a su fallecimiento) o con testamento, porque en ese caso deberá tenerse presente el beneficiario en dicho proceso.
¿Cuál es el tramite y costo para sacar el registro de testamentos? El trámite se debe solicitar en la Oficina de Registro de Testamentos y Legalizaciones, que queda en Av. 18 de Julio Nº 1730 PLANTA BAJA LOCAL 14 (ex Biblioteca Caja Notarial), su atención es de 09:00 a 14:00 hs, y el valor del timbre para el tramite es de $ 2.268, 00
Luego que tenemos este documento, y con la demás documentación que se nos solicitará, esto es partida de defunción, y partidas que acrediten el vinculo de los accionantes para acreditar su calidad de herederos, se estaría en condiciones de comenzar la sucesión.
¿Cuáles son los impuestos a las herencias?
A los costos de la sucesión deberá sumarse el impuesto más importante, que es el Impuesto de las Transmisiones Patrimoniales (ITP), valor que se aplicará sobre los inmuebles objeto de la herencia, a este impuesto quedan obligados los herederos, y se genera a partir del momento de fallecimiento del causante. Tiene un plazo para su pago a cuyo vencimiento se comenzarán a computar multas y recargos.
Para saber como se calcula el ITP en Uruguay, debemos calcular el valor de los bienes inmuebles a heredar y sobre el mismo calcular el 3% de dicho total.
El derecho sucesorio se encuentra regulado en el Código Civil y en los artículos 407 y ss del Código General del Proceso.
¿Quiénes pueden iniciar una sucesión?
Podrá iniciar el derecho sucesorio todo aquel que justifique un interés legítimo en la materia, esto es en los casos cualquiera de los eventuales herederos del fallecido, familiares o el cónyuge.
Documentos que necesito para inciar una sucesión:
Los documentos que necesito para iniciar la sucesión son, el certificado registral de testamentos, y la partida de defunción, así como las partidas que acrediten la legitimación del interesado, por ejemplo el hijo del fallecido deberá presentar una partida de nacimiento que acredite su calidad de tal.
En el mismo escrito se deberá nombrar a los herederos conocidos, así como los bienes que forman parte de la herencia.
Una vez presentado el escrito con firma de abogado y de la parte que lo acciona, el Juez declarará abierta la sucesión y ordenará la publicación por edictos en el diario Oficial, esto asegura la notificación a la mayor cantidad de personas, para que tengan posibilidad de comparecer todos aquellos que tengan un interés en el caso.(en la sucesión se justifica por el hecho de que exista un posible heredero desconocido.
Costo de los edictos sucesorios en Uruguay:
El costo de los edictos sucesorios en Uruguay tienen para el año 2022 en el caso de sucesiones un valor de $7370,00 pesos.
Luego de esta publicación y si ya se hubiera presentado en el escrito inicial la identificación de los herederos, y bienes del fallecido (o causante como se acostumbra llamar en la materia), se deberá presentar ante el Juzgado el Certificado de Resultancia de Autos.
Pero primero debemos mencionar brevemente, ¿qué es el certificado de resultancia de autos?
Este documento se expide por el Juzgado y es en la etapa final de la sucesión, es un documento que acredita los bienes de la herencia y los beneficiarios de la misma. Es un certificado que asegura a los beneficiarios de la herencia, y los bienes que se repartirán. Este certificado se deberá inscribir a partir de los 30 días en el Registro de traslaciones de dominio. Y es el que asegurará frente a terceros el derecho de propiedad que tienen los herederos sobre esos inmuebles parte de la herencia.
¿Las deudas se heredan?
Es importante tener presente que la masa hereditaria (todo lo que se heredara) son todos los bienes, derechos, y también deudas del fallecido, los que se transmitirán a sus sucesores, por lo que es esencial al momento de realizar el tramite hereditario hacerlo «bajo beneficio de inventario», esto es un mecanismo para no heredar deudas, es un derecho que nos da nuestro ordenamiento jurídico, en limitar el alcance de las deudas, implica que las deudas se cobren de esa masa hereditaria y no pasen a los bienes personales de los herederos. De lo contrario es posible que si no hay suficientes bienes en la herencia para afrontar las deudas las mismas las tenga que terminar cancelando el heredero con sus bienes personales.
¿Cómo se reparte la herencia?
Luego de esto debemos pasar si hay mas de un heredero a la partición, que es la manera en como se reparte la herencia entre todos los herederos:
Puede pedir la partición cualquiera de los coherederos.
También puede realizarse fuera de un proceso (partición extrajudicial) esto cuando existe acuerdo entre todos los coherederos, y se realiza la partición de bienes en escritura publica, con un escribano, la que después deberá ser aprobada por un juez, antes de llevarla a cabo.
Si no existe acuerdo entre las partes, se deberá realizar un proceso judicial, esta partición debe presentarse con un inventario de todos los bienes que integran la masa sucesoria.
Luego se deberá designar un perito tasador para que previo a la repartición tase todos los bienes, para así dividirlos en lotes y realizar una repartición equitativa.
Posterior a ello se designa un perito contador, que es el que realizará la partición final que es la formación de los lotes, evaluar las deudas, proponer la venta de aquellos bienes que no admitan partición, todo para lo cual se convocará a una Audiencia final.
En la Audiencia se realizarán las adjudicaciones correspondientes, y si no hay acuerdo entre los coherederos se procederá al sorteo de los lotes para su adjudicación.
¿Cómo se hereda en Uruguay?
En uruguay se hereda tanto por derecho propio como por representación.
El instituto de la representación sólo compete a los descendientes, y es el caso en el que heredará el nieto por lo que hubiere correspondido a su padre en caso que aquel no pudiere o no quisiere suceder.
¿Cuál es el órden de los herederos en Uruguay?
El órden de los heredores se encuentra regulado en nuestro Código Civil, y tenemos en primer lugar los llamados herederos forzosos, que son los descendientes, existiendo descendientes estos excluyen a todos los demás, excepto por la porción conyugal que le puede corresponder al cónyuge sobreviviente.
De no existir descendientes, el siguiente órden se asigna a los ascendientes legítimos o naturales.
Si no existieren ni descendientes, ascendientes, ni cónyuge la herencia se repartirá entre los hermanos del difunto.
A falta de los anteriores lo sucederán los colaterales, siendo en este caso los tios, o sobrinos del fallecido.
¿Qué es la porción conyugal?
Es la parte del patrimonio del cónyuge fallecido que la ley asigna al cónyuge sobreviviente si aquél carece de lo necesario para su congrua sustentación, y se asigna como un cuarto de la totalidad de los bienes que dejó él cónyuge fallecido.